Por Eric Duport Jaramillo
Socio en Duport Abogados S.A.S.
La junta directiva es quizás el órgano de mayor importancia en cualquier organización, independientemente de su vocación económica o social. Sin embargo, en países como el nuestro, la junta tiene una historia poco trascendente debido, entre otras, a las razones que voy a exponer.
La legislación societaria anterior al nacimiento de la sociedad por acciones simplificadas SAS, creó la figura de la junta directiva como un órgano exclusivo para empresas de capital, esto es, la sociedad anónima y la sociedad en comandita por acciones, obligándolas a tener este órgano de dirección. Para el resto de las sociedades, es decir, la colectiva, la sociedad de responsabilidad limitada y la comandita simple, el órgano de la junta directiva no tenía una reglamentación y por lo tanto, no era permitida su creación. Si a esto le sumamos que las sociedades anónimas no podían crearse con menos de cinco accionistas, lo que se fomentó fue la creación de sociedades de responsabilidad limitada, las cuales alcanzaron a ser más del 80% de las sociedades del país.
Por lo anterior, las sociedades por acciones nombraban sus juntas directivas por cumplir un requisito formal en la constitución de la sociedad, pero en su gran mayoría no tenían unas funciones y responsabilidades definidas, motivo por el cual eran unos órganos de papel.
Con el nacimiento de las sociedades por acciones simplificadas, las empresas, incluso con un solo accionista, pueden tener un órgano de dirección autorizado por la misma ley. Sin embargo, el atraso legislativo antes explicado, privó en gran medida la formación y profesionalización de miembros de juntas directivas, lo que ha hecho que esta figura aún no sea bien concebida por la mayoría de los empresarios en Colombia. Es más, en ciudades intermedias del país, es fácil encontrar siempre a las mismas personas en la mayoría de las juntas directivas de las empresas locales más importantes.
Sin duda alguna, el desarrollo reciente de las buenas prácticas de gobierno corporativo impulsadas por la Superintendencia de Sociedades, Confecámaras y organismos internacionales como el Centro para la Empresa Privada Internacional, la Cooperación Económica Suiza SECO, la CAF y el Banco Mundial a través de la Corporación Financiera Internacional, ha permitido que en los años recientes se haya promovido cursos especializados para la formación de miembros de juntas directivas, al punto que han llegado al país empresas expertas en el diseño de los perfiles de miembros de las juntas y la búsqueda y selección de sus integrantes.
En una reciente edición de la revista dinero (16 de marzo 2017), su portada estuvo dedicada al “Poder de las Juntas Directivas en Colombia” en donde la pregunta de fondo es “¿qué tan maduros están los directorios colombianos?”. Esta pregunta se hace en momentos en que el país vive una profunda crisis de corrupción, donde se pone precisamente en tela de juicio la responsabilidad de los miembros de varias juntas directivas de empresas tanto privadas como públicas que permitieron, por acción u omisión, que se llegara a situaciones escandalosas.
Entender por un lado las funciones claves de una junta directiva y por el otro, tener claras cuáles son las responsabilidades de sus miembros, supone el primer paso para empezar a integrar directorios que generan valor, el cual incluso hoy en día es medido en términos de rentabilidad.
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